
Alejandro Gertz Manero, Fiscal General de México, propuso eliminar el delito de feminicidio por las dificultades que tiene jurídicamente demostrar cuando una mujer ha sido asesinada por el hecho de ser mujer.
Por su parte, Wendy Briceño diputada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y presidenta de la Comisión de Igualdad expresó ante las declaraciones del Fiscal General que no iban a avalar ningún retroceso, “este tipo penal se consiguió con la lucha de muchas mujeres”, añadió también que “el presidente ya lo ha dicho, no habrá retrocesos”.
“Necesitamos que el Código Penal único que se está planteando establezca un solo tipo penal para todo el país para estos casos y es necesario que se capacite con perspectiva de género al personal de los ministerios públicos, que sepan traducir con esas claves la información de la que disponen”, sugiere Briceño.
En 2012 el Código Penal Federal estableció en su artículo 325 el delito de feminicidio para quien “prive de la vida a una mujer por razones de género”. Se establecen que las circunstancias que deben darse para considerarlo feminicidio son: signos de violencia sexual, antecedentes de maltrato, relaciones sentimentales previas, amenazas, incomunicación de la víctima o exhibicionismo del cuerpo de la víctima, y las penas por este tipo de delito va de 40 a 60 años de cárcel.